sábado, 10 de octubre de 2009

LISTA DE DESAPARECIDOS

http://www.larepublica.com.uy/politica/383693-lacalle-en-el-uruguay-habra-media-docena-de-desaparecidos

FALACIA GENOCIDA SR. LACALLE:

Lista de detenidos-desaparecidos en Uruguay

Uruguayos detenidos-desaparecidos en Uruguay, según Madres y Familiares

AREVALO ARISPE, Carlos Pablo - Desaparecido el 15.12.1975
ARIGON CASTELL, Luis Eduardo - Desaparecido el 14.06.1977
BALIÑAS ARIAS, Oscar José - Detenido-desaparecido el 21.06.1977
BLANCO VALIENTE, Ricardo A. - Detenido-desaparecido el 15.01.1978
BLEIER HOROVITZ, Eduardo - Detenido-desaparecido el 29.10.1975
BRIEBA, Juan Manuel - Detenido-desaparecido el 3.10.1975
CASTRO PEREZ, Julio - Detenido-desaparecido el 1.08.1977
CORREA, Julio Gerardo - Detenido-desaparecido el 16.12.1975
CHAVES SOSA, Ubagesner - Detenido-desaparecido el 24.02.1976
ESCUDERO MATTOS, Lorenzo J. - Detenido-desaparecido el 11.03.1976
ETCHEVERRITO ARTIGAS, Gladys - Detenida-desaparecida el 30.03.1975
GELOS BONILLA, Horacio - Detenido-desaparecido el 2.01.1976
GOMENSORO JOSMAN, Roberto J. - Detenido-desaparecido el 12.03.1973
GONZALEZ GONZALEZ, Luis E. - Detenido-desaparecido el 13.12.1974
MATO FAGIAN, Miguel Angel - Detenido-desaparecido el 29.01.1982
MIRANDA PEREZ, Fernando - Detenido-desaparecido el 30.11.1975
MONTES DE OCA, Otermín Laureano - Detenido-desaparecido el 17.12.1975
ORTIZ, Félix Sebastián - Detenido-desaparecido el 16.08.1981
PACIELLO MARTINEZ, Asdrúbal - Detenido-desaparecido a principios de 1975
PAITTA CARDOZO, Antonio Omar - Detenido-desaparecido el 21.09.1981
QUINTEROS ALMEIDA, Elena - Detenida-desaparecida el 24.06.1976
RODRIGUEZ SANABRIA, Ever - Detenido-desaparecido el 5.04.1978
SANJURJO, Amelia - Detenida-desaparecida el 2.11.1976
TASSINO, Oscar - Detenido-desaparecido el 19.07.1977

Uruguayos detenidos desaparecidos en Uruguay no registrados por Madres y Familiares, que figuran en el Informe de la Comisión Investigadora sobre Situación de Personas Desaparecidas y Hechos que la Motivaron, de la Cámara de Representantes.

AYALA ALVEZ, Abel
CABARCOS, Ricardo
DE LOS SANTOS, Esteban
GUTIERREZ, Emeterio
PEREZ, Eduardo
SOCA, Juan Américo - Detenido-desaparecido el 25 de febrero de 1981.

Argentinos detenidos-desaparecidos en Uruguay.

EPELBAUM SLOTOPOLSKY, Claudio - Detenido desaparecido el 4.11.76
EPELBAUM SLOTOPOLSKY, Lila - Detenida desaparecida el 4.11.76
LOGARES, Claudio Ernesto - Detenido desaparecido el 18.05.78
GRISPON de LOGARES, Mónica Sofía - Detenida desaparecida el 18.05.78

Niños uruguayos detenidos-desaparecidos en Argentina: Seis niños continúan desaparecidos:

HERNANDEZ HOBBAS, Andrea -
HERNANDEZ HOBBAS, Beatriz -
HERNANDEZ HOBBAS, Washington -

Los hijos nacidos en cautiverio de:
Blanca ALTMANN Aída SANZ
María Emilia ISLAS y Jorge ZAFFARONI.

Lista de uruguayos detenidos-desaparecidos en Argentina, según Madres y Familiares.

ALFARO VÁZQUEZ, Daniel Pedro - 11.08.77
ALTMANN LEVY, Blanca Haydée - 20.07.77
ANCRES, Elena - .. 07.78
ANGLET DE LEON de SEVERO, Beatriz Alicia - 24.04.78
ARCE VIERA, Gustavo Raúl - 27.12.77
ARNONE HERNANDEZ, Bernardo - 02.10.76
AROCENA DA SILVA, Marcos - 13.07.76
AROCENA LINN, Ignacio - .. 08.78
ARTIGAS NILO, María Asunción - 30.12.77
BARRIENTOS de CARNEIRO, Carolina - 30.12.77 (*)
BARRIOS FERNANDEZ, Washington Javier - 18.09.74
BASUALDO DE GOICOCHEA, Graciela Noemí - 23.12.77 (*)
BELLIZZI BELLIZZI, Andrés Humberto - 19.04.77
BENTANCOUR GARIN, Walner Ademir - 03.09.76
BENTIN, Félix - 13.08.78
BORELLI CATTANEO, Raúl Edgardo - 22.12.77
BOSCO MUÑOZ, Alfredo Fernando - 21.12.77
BURGUEÑO PEREYRA, Ada Margaret - 20.08.77
CABEZUDO PEREZ, Carlos Federico - 30.12.77
CABRERA PRATES, Ary - 05.04.76
CAMIOU, María Mercedes - 07.77
CANDIA, Francisco Edgardo - .. 06.76
CARDOZO, Juan - 24.12.77
CARNEIRO DA FONTOURA GULARTE, Juvelino Andrés - 30.12.77
CARRETERO CARDENAS, Casimira María del Rosario - 01.10.76
CARVALHO o CARVALLO, Luis - 21.05.78
CASCO de D’ELIA, Yolanda Iris - 22.12.77
CASTILLO LIMA, Ataliva - 23.12.77
CASTRO de MARTINEZ, María Antonia - 23.12.77
CASTRO (GALLO) - 25.12.77
CERGUEIRA, Tenorio - .. 12.77
CORCHS LAVIÑA, Alberto - 21.12.77
CRAM GONZALEZ, Washington - 28.09.76
CRUZ BONFIGLIO, Mario Jorge - 26.08.76
CHEJENIAN, Segundo - 01.10.76
CHIZZOLA, Eduardo - 17.04.76
D’ELIA PALLARES, Julio César - 22.12.77
DE GOUVEIA de MICHELENA, Graciela Susana - 14.06.77
DE LEON SCANZIANI, Juan Alberto - 16.02.78
DEL FABRO, Ricardo - 10.07.75
DIAZ DE CARDENAS, Fernando - 05.06.78
DOSSETTI TECHEIRA, Edmundo Sabino - 21.12.77
DUARTE LUJAN, León Gualberto - 13.07.76
ERRANDONEA SALVIA, Juan Pablo - 26.09.76
FERNANDEZ DE SANZ, Elsa - 23.12.77
GAETANO MAIGOR, José - 04.05.76
GAMBARO NUÑEZ, Raúl - 27.12.77
GANDARA CASTROMAN, Elba Lucía - 18.02.77
GARCIA CALCAGNO, Germán Nelson - 12.05.77
GARCIA RAMOS de DOSSETTI, Ileana - 21.12.77
GATTI ANTUÑA, Gerardo - 09.06.76
GIORDANO CORTAZZO, Héctor Orlando - 09.06.78
GOICOECHEA, Daniel - 06.06.76
GOMENSORO, JOSMAN, Hugo - 13.05.76
GOMEZ ROSANO, Célica Elida - 08.01.78
GONCALVEZ BUSCONI, Jorge Felisberto - 14.04.77
GOYCOECHEA CAMACHO, Gustavo Alejandro María - 23.12.77
GRISONAS DE JULIEN, Victoria - 26.09.76
HERNANDEZ MACHADO, Carlos Julián - 31.12.76
HERNANDEZ RODRIGUEZ, Jorge - 23.08.77
HOBBAS BELUSCI de HERNANDEZ, Lourdes - 13.07.77
ISLAS GATTI, María Emilia - 27.09.76
JULIEN CACERES, Mario Roger - 26.09.76
KLEIN LLEDO de MORALES, Josefina Modesta - 23.09.76 (**)
LERENA de CORCHS, Elena - 21.12.77
LEZAMA GONZALEZ, Rafael - 01.10.76
LIBEROFF, Manuel - 19.05.76
LUPPI MAZZONE, Mary Norma - 10.06.77
MANCIRO, María Libertad - 08.06.77
MARTINEZ de CHEJENIAN, Graciela - 01.10.76
MARTINEZ HORMINOGUEZ, Jorge H. - 20.04.78
MARTINEZ SANTORO, Luis Fernando - 29.07.77
MARTINEZ SUAREZ, José Mario - 23.12.77
MAZZUCHI FRANCHETZ, Winston César - 08.02.76
MECHOSO MENDEZ, Alberto Cecilio - 26.09.76
MELO CUESTA, Nebio Ariel - 08.02.76
MENDEZ DONADIO, José Hugo - 15.06.76
MICHELENA BASTARRICA, José Enrique - 14.06.77
MIGUEZ, Félix - 09.08.75
MORALES VON PIEVERLING, Juan M. - 23.09.76
MORENO MALUGANI, Miguel Angel - 01.10.76
MOYANO, Alfredo - 30.12.77 (*)
OLIVERA CANCELA, Raúl Pedro - 05.06.78
O’NEILL VELAZQUEZ, Eduardo - 18.01.77
PRIETO GONZALEZ, Ruben - 30.09.76
QUEIRO UZAL, Washington Domingo - 04.10.76
RECAGNO IBARBURU, Juan Pablo - 01.10.76
RIO CASAS, Miguel Angel - 24.12.77
RODRIGUEZ de BESSIO, Blanca - 16.05.76
RODRIGUEZ LIBERTO, Félix Antonio - 14.10.76
RODRIGUEZ MERCADER, Carlos - 01.10.76
RODRIGUEZ MIRANDA, Juan Rodolfo - 06.03.78
RODRIGUEZ RODRIGUEZ, Julio Oscar - 15.06.76
SANZ FERNANDEZ, Aída Celia - 23.12.77
SCOPICE RIJO de COUCHET, Norma Mary - 23.11.76
SERRA SILVEIRA, Helio - 27.06.78
SEVERO BARRETO, Ary Héctor - 24.04.78
SEVERO BARRETO, Carlos Baldomero - 20.04.78
SEVERO BARRETO de MARTINEZ, Marta Beatriz - 20.04.78
SILVA IRIBARNEGARAY, Mauricio - 14.06.77
SILVEIRA GRAMONT, María Rosa - 13.08.78
SOBA, Adalberto Waldemar - 26.09.76
SOBRINO BERARDI, Guillermo Manuel - 22.12.77
SOSA VALDEZ, Luján Alcides - 23.04.77
TEJERA LLOVET, Raúl - 26.09.76
TRIAS HERNANDEZ, Cecilia Susana - 28.09.76
TRINIDAD ESPINOSA, Líber Eduardo - 13.04.76
URTASUN TERRA, José Luis - 13.08.78
ZAFFARONI CASTILLA, Jorge R. - 27.09.76

(*) Detenidos-desaparecidos argentinos, parejas de uruguayos/as. (**) Detenida-desaparecida paraguaya, pareja de uruguayo.

Uruguayos detenidos-desaparecidos en Argentina no registrados por Madres y Familiares, incluidos en el Informe de la Comisión Investigadora sobre Situación de Personas…

ARAUJO TEXEIRA, Máximo Ernesto
BONAVITA ESPINOLA, Carlos
CALLABA PIREZ, José Pedro
CANTERO FREIRE, Edison Oscar
CASTRO PINTOS, Roberto
FERNANDEZ AMARILLO, Juan
G. GRASSI MIERS, Héctor
E. IBARBIA, María Angélica
INSAUSTI, Juan Carlos
MODERNELL, Carlos

Uruguayos detenidos-desaparecidos en Paraguay.

INZAURRALDE, Gustavo Edison - Detenido-desaparecido el 28.03.77
SANTANA, Nelson - Detenido-desaparecido el 28.03.77

Uruguayos detenidos-desaparecidos en Chile, denunciados por Madres y Familiares.

GADEA GALAN, Nelsa Zulema
FERNANDEZ FERNANDEZ, Julio César
PAGARDOY SAQUIERES, Enrique Julio
POVASCHUCK GALEAZZO, Juan Antonio

Uruguayos detenidos-desaparecidos en Chile no registrados por Madres y Familiares, denunciados ante la Comisión Investigadora sobre la Situación de Personas…

CENDAN ALMADA, Juan Angel
GELPI CACERES, Leonardo G.

Niños uruguayos detenidos-desaparecidos en Argentina y posteriormente localizados.

D’ELIA CASCO, Carlos - nacido en cautiverio, restituida su identidad en 1995.
GARCIA HERNANDEZ, Amaral - desaparecido en 1976, restituido en 1984.
JULIEN GRISONAS, Anatole Boris
JULIEN GRISONAS, Eva Lucía - desaparecidos en 1976, encontrados en ese año en una plaza en Valparaíso - restituidos en 1979.
MOYANO ARTIGAS, María Victoria - nacida en cautiverio y restituida en 1987.
ZAFFARONI ISLAS, Mariana - encontrada en 1983, restituida en 1994.
RIQUELO, Simón Antonio - hay en curso una acción judicial que podría establecer la identidad de un joven que se presume se trate de este niño secuestrado a su madre en 1976

Lista actualizada por el Servicio Paz y Justicia (SERPAJ), a partir de las siguientes fuentes: Comisión Investigadora sobre la Situación de Personas Desaparecidas y Hechos que la motivaron, creada en el seno de la Cámara de Representantes, el 9 de abril de 1985. Informe final, noviembre de 1985, Diario de Sesiones de la Cámara de Representantes, número 1856, tomo 620, pp.511-517. Asociación de Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos. Memorandum presentado ante la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Representantes. Anexo, Informe de la Comisión Nacional sobre la Desparición de Personas CONADEP, 2da. Edición, Buenos Aries, Eudeba, 1984, 656 pp., conocido como "Informe Sábato" por estar presidida dicha comisión por el notable escritor argentino Ernesto Sábato. CLAMOR (COMITÉ DE DE DEFENSA DE DERECHOS HUMANOS EN EL CONO SUR, San Pablo, presidido por el Cardenal Pablo Evaristo Arns) Desaparecidos en la Argentina, publicado en San Pablo, Brasil, en 1982. Listado que incluye apellidos y nombres, nacionalidad, edad, documentos, estado civil, profesión, fecha y lugar de detención, si tiene otros familiares desaparecidos. Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos-Uruguay La desaparición forzada en el Uruguay, Ediciones de Uno, Montevideo, 1985. Servicio Paz y Justicia, Uruguay Nunca Más. Informe sobre la Violación a los Derechos Humanos (1972-1985), Montevideo, 3ra. Edición, diciembre 1989. Montevideo, 10 de diciembre de 1977.

http://www.serpaj.org.uy/inf97/listade.htm

Sus restos acusan!!!! Justicia, Memoria, Reparación y Nunca Más!!! El 25 de octubre SI a la Anulación!!!

viernes, 9 de octubre de 2009

martes, 6 de octubre de 2009

Mural por verdad y justicia

DOMINGO 18 DE OCTUBRE, 18 HORAS

Como parte de la campaña por la anulación de la ley de caducidad, se “descubrirá” un mural pintado por Damián Ibarguren Gauthier sobre el muro de la ex-fábrica COLAGEL, frente a la plaza “Mártires de la Industria Frigórifica”, en la entrada de la Villa del Cerro.

Eduardo Galeano, presidente de la Coordinadora Nacional estará presente junto a Madres y Familiares (Luisa, Amalia, Hortensia y otras queridas viejas más), a Valentina Chávez Sosa y otros HIJOS y a Sarita Méndez presentando el libero “Las palabras que llegaron”. Ell@s darán las últimas pinceladas al mural por Verdad y Justicia.


La ocasión servirá para convocar a participar en la marcha del 20 de Octubre y a votar la papeleta rosada el domingo siguiente.

La actividad está organizada por grupos barriales de todo Montevideo nucleados en la “Coordinación de Vecinos”. Por cualquier aclaración dirigirse a coordinaciondevecinos@gmail.com.

Otras actividades de propaganda realizadas se pueden ver en el blog:

htpp://coordinaciondevecinos.blogspot.com

¡Hasta el 18 a las 18!

lunes, 5 de octubre de 2009

EL DESTINO DEL "SEGUNDO VUELO" SIGUE ENTERRADO EN IMPUNIDAD


A 33 AÑOS DEL "SEGUNDO VUELO" SIGUE LA INCÓGNITA
Roger Rodríguez (La República) artículo publicado por COMCOSUR

A 33 años del traslado, 7 de la denuncia de LA REPUBLICA y 4 de la confirmación de la Fuerza Aérea

El Ejército sigue sin reconocer qué ocurrió con 22 uruguayos secuestrados en Buenos Aires, torturados en Automotores Orletti, trasladados a Montevideo, presos en el "300 Carlos", ejecutados y enterrados en un cementerio clandestino. La ley de impunidad permitió condenar a los secuestradores, pero aún impide saber dónde están sus víctimas.

Treinta y tres años después de los hechos, a siete años de que el caso fuera denunciado por LA REPUBLICA y a cuatro años de que la Fuerza Aérea Uruguaya admitiera su existencia, el traslado ilegal de uruguayos secuestrados en Buenos Aires, conocido como el "segundo vuelo" de Orletti, sigue sin ser reconocido por el Ejército nacional.

El 5 de octubre de 1976 el Vuelo 511 del Transporte Aéreo Militar Uruguayo (TAMU) viajó a Argentina para trasladar a Montevideo , de forma ilegal, a 22 uruguayos que habían sido secuestrados en Buenos Aires y torturados en el "pozo" de Automotores Orletti. Fueron entregados a oficiales del Ejército y hoy permanecen desaparecidos.

El C-47 de la Fuerza Aérea Uruguaya (FAU), tripulado por el mayor Walter Pintos (piloto), el mayor José Pedro Malquín (copiloto) y el capitán Daniel Muñoz (tripulante), arribó a la plataforma de la Brigada de Mantenimiento y Abastecimiento del Aeropuerto Internacional de Carrasco en la madrugada y era comandado por el mayor Walter Dopazzo.

Los 22 uruguayos eran militantes del Partido por la Victoria del Pueblo (PVP) que, desde Argentina, resistían a la dictadura uruguaya. Fueron secuestrados en sus domicilios en setiembre y octubre por comandos de una coordinación represiva integrada por la Policía Federal, la banda de Aníbal Gordon y militares uruguayos. Los últimos estaban comandados por el mayor José Nino Gavazzo del Servicio de Información y Defensa (SID) y en la coordinación con Argentina operaron los oficiales Manuel Cordero, José Arab, Jorge Silveira, Gilberto Vázquez, Luis Maurente y Ernesto Ramas; con los policías lo hicieron Ricardo Medina y José Sande, además de un grupo de soldados.

Los traslados
Los operativos contra uruguayos en Buenos Aires fueron parte del denominado "Plan Cóndor", estructurado por los aparatos represivos de las dictaduras de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú, Ecuador y Uruguay, donde la tarea estaba en manos del SID y del Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA).

El SID dependía de la Junta de Comandantes en Jefe y el OCOA de la División de Ejército I y de su comandante en jefe. El Vuelo 511 en 1976 fue coordinado por el coronel (av.) José Uruguay Araújo Umpiérrez, entonces en el SID. Los secuestrados sobrevivieron un mes en el centro de torturas "300 Carlos" del OCOA, antes de ser ejecutados.

La dictadura uruguaya ya había realizado traslados de uruguayos en Argentina desde 1974. Aquel febrero trajeron al tupamaro Antonio Viana Acosta y en noviembre a sus compañeros Floreal García, Mirtha Hernández, Héctor Brum, María de los Ángeles Corbo y Graciela Stefanell, cuyos cuerpos aparecieron, habiendo sido fusilados, en Soca en diciembre de ese año.

El traslado más numeroso se había producido el 24 de julio de 1976, cuando otro avión de la Fuerza Aérea trajo un "primer vuelo" de Orletti con otros 23 militantes del PVP, secuestrados entre junio y julio, a quienes "blanquearon" en una falsa detención en el balneario Shangrilá a fines de octubre y fueron procesados por la justicia militar.

Hoy se sabe que la mayoría de los uruguayos secuestrados en el exterior terminaron siendo "repatriados" si no fallecieron cuando su detención o durante la tortura. Hubo traslados en 1975, en los que los detenidos fueron y vinieron a Argentina y también los habría en 1978, cuando se trajo a militantes del GAU, el PCR y otros grupos.

La denuncia
La existencia del "segundo vuelo" de Orletti fue denunciada el 17 de marzo de 2002 en LA REPUBLICA, tras una investigación periodística iniciada en la revista "Posdata", de donde se obtuvieron los datos con los que el senador Rafael Michelini logró ubicar, en Argentina, a Simón, hijo de Sara Méndez, 26 años después de su desaparición.

Los datos habían sido proporcionados por un represor argentino, miembro de la banda de Aníbal Gordon, quien también informó que todos los uruguayos secuestrados en Buenos Aires y llevados a Automotores Orletti habían sido entregados a los militares uruguayos antes de que el centro clandestino de torturas cerrara en noviembre de 1976.

Con la credibilidad que le daba la aparición de Simón Riquelo, la fuente aportó nueva información, publicada en LA REPUBLICA el 9 de junio de 2002, con la que se denunció que el "segundo vuelo" se concretó el 5 de octubre de 1976, cuando un avión de la Fuerza Aérea Uruguaya viajó al aeropuerto Jorge Newberry de Buenos Aires.

La ratificación del "informante" permitió concluir que el "segundo vuelo" era motivo del "pacto de silencio" de los militares uruguayos, quienes no querían admitir que las 22 personas traídas desaparecieron simultáneamente y no murieron "accidentalmente" en la tortura, sino que habían sido ejecutadas y enterradas en un cementerio clandestino.

La denuncia fue confirmada por una fuente militar uruguaya, presente el día del arribo del "segundo vuelo". Aportó datos del vuelo 511 y los nombres de sus tripulantes, coordinador y receptor, según publicó LA REPUBLICA el 2 de setiembre de 2002, en una nota donde se explicaba que los detenidos fueron sacados en camiones del Ejército.

El silencio
La denuncia de LA REPUBLICA, pese a su trascendencia, no tuvo repercusión en los grandes medios de comunicación y tampoco fue considerada por la gubernamental Comisión para la Paz que no incluyó el tema ­ni siquiera como hipótesis­ en el informe final sobre los detenidos desaparecidos elaborado durante el gobierno de Jorge Batlle.

El entonces comandante en jefe de la Fuerza Aérea, José Pedro Malaquín, hizo silencio ante las acusaciones acerca de que había sido uno de los pilotos del avión quien trajo al grupo de desaparecidos. Tampoco el comandante del Ejército, general Carlos Daners, quiso hacer comentarios sobre los secuestrados entregados a su fuerza.

Sin embargo, el 8 de agosto de 2005, el informe oficial de la Fuerza Aérea Uruguaya sobre los desaparecidos, en respuesta a una orden del Presidente Tabaré Vázquez, terminó por admitir que el "segundo vuelo" del 5 de octubre había existido, aunque aceptó la participación de la aviación sólo en el traslado.

El informe redactado por el comandante Enrique Bonelli sostenía que la operación había sido ordenada por el comando de la FAU, a pedido del SID, que coordinó el vuelo en el que los pilotos militares sólo se limitaron a permanecer en la cabina de vuelo, sin saber cuántos ni quiénes eran los detenidos transportados desde Argentina.

Bonelli, quien, posteriormente, reconoció haber sido piloto del "primer vuelo" de Orletti, se negaría a informar a la justicia sobre los nombres de sus fuentes en la investigación interna. Ni la entrega de los pasajeros del "segundo vuelo" ni su destino fueron incluidos en el informe sobre desaparecidos del Ejército que aún no ha reconocido su entrega.

La justicia
En 2007, dos años después del informe de la FAU, el caso del "segundo vuelo" de Orletti fue denunciado judicialmente, junto a una serie de causas contra los mandos militares, por un grupo de abogados defensores de los derechos humanos. El tema recayó en el juez de 19º turno, Luis Charles, y la fiscal de 2º turno, Mirtha Guianze.

El caso se incorporó a otra denuncia conexa: Secuestro y desaparición del uruguayo Adalberto Soba, uno de los secuestrados en Orletti y posible pasajero del "segundo vuelo", presentada en el juzgado por sus familiares. Ambos casos fueron excluidos de la Ley de Caducidad por el presidente Tabaré Vázquez.

La indagatoria judicial determinó la responsabilidad de seis militares (Gavazzo, Arab, Vázquez, Silveira, Ramas y Mauren) y dos policías (Medina y Sande) en la "privación de libertad" de Soba. Ese grupo de militares ­que ya estaba preso por un pedido de extradición de Argentina­ también fue procesado por el "segundo vuelo".

El "segundo vuelo" de Orletti mantiene una serie de causas conexas abiertas, entre las que se destacan la extradición del coronel Manuel Cordero, que había fugado a Brasil, y el caso de María Claudia García de Gelman, trasladada en el marco de ese operativo a Uruguay, donde, antes de desaparecer, tuvo a su hija , Macarena, actualmente recuperada.

También está pendiente el inicio de procesos contra el coronel (av.) Araújo Umpiérrez, quien estuvo preso por un pedido de extradición, no se otorgado, a Argentina y hoy se encuentra en libertad y el soldado Ernesto Soca (detenido para su extradición a Argentina), reconocido como uno de los subalternos que operó en Buenos Aires.

La impunidad

Aunque ocho militares y policías fueron condenados por el "segundo vuelo" de Orletti., el caso evidencia la impunidad que aún rige en Uruguay con la vigencia de la Ley de caducidad de la pretensión punitiva del Estado (Nº 15.848), cuya anulación depende de la reforma constitucional que se plebiscitará el próximo 25 de octubre.

Los militares y policías fueron procesados gracias a la interpretación del artículo 4º de la mencionada ley realizada por la actual administración de gobierno: Se entiende que no se incluyen los casos ocurridos en el exterior, como los que implicaron la desaparición de niños ni los que (como admite el artículo 3º de la norma) implicaron un provecho económico.

En la actualidad, permanece bajo el amparo de la impunidad la tortura, ejecución y enterramiento en Uruguay de los 22 compatriotas que fueron secuestrados en Buenos Aires, torturados en Orletti y trasladados ilegalmente a Uruguay, lo que determina que no se obtenga información sobre el paradero de sus restos óseos.

También permanece impune la "amnesia" de los aviadores Malaquín, Pintos y Muñoz, quienes no recuerdan nada acerca de los pasajeros del Vuelo 511, aunque la puerta del C-47 en que los trajeron se encuentra en el extremo trasero de la aeronave y alguien debió recorrer todo el pasillo para cerrarla al despegar y abrirla al aterrizar.

La impunidad aún cobija como institución al Ejército, cuya investigación sobre los desaparecidos no dio resultados positivos, mantiene escondidos los archivos y sus mandos hacen expresa su voluntad de no continuar indagando, aunque las víctimas estuvieron en su poder en el "300 Carlos" y fueron enterradas en una unidad militar.

CONFIRMACION
"De acuerdo a la información recabada se realizaron dos vuelos, probablemente el primero el 24 de julio y el segundo el 5 de octubre de 1976, partiendo desde el Aeropuerto Jorge Newbery en Plataforma de Aviación General de la ciudad de Buenos Aires en la República Argentina, con destino al Aeropuerto Internacional de Carrasco en Plataforma de la entonces Brigada de Mantenimiento y Abastecimiento. Estas operaciones fueron ordenadas y coordinadaspor el Comando General de la Fuerza Aérea, a solicitud del Servicio de Información de Defensa (SID). El motivo de dicha solicitud, alegado por el SID, fue el de preservar la vida de las personas detenidas en Argentina, trasladándolas a nuestro país". "En función de dicha coordinación, se dispuso que las tripulaciones involucradas recibieran las órdenes del destino de la misión luego de haber decolado, a efectos de cumplir con el traslado de los detenidos, que terminó haciéndose desde el Aeropuerto Jorge Newbery hasta el Aeropuerto de Carrasco. Las tareas de embarque, desembarque y posterior traslado estaban a cargo del SID, desconociendo las tripulaciones la cantidad e identidad de los pasajeros." (Del informe oficial de la Fuerza Aérea). EL

INFORMANTE
"De Uruguay a los argentinos nos han cobrado todo y mucho ha salido a la luz. Pero que no nos adjudiquen esas desapariciones. A los que no murieron en Orletti nosotros los devolvimos. No sabíamos que los del primer viaje estaban vivos, así que cuando cerraba Orletti se planificó otro viaje grande en el que se incluyó a todos los que quedaban, incluso cinco argentinos. No participé en la entrega, pero creo que a esos últimos tienen que buscarlos en Uruguay". (Palabras del informante argentino, un represor de la banda de Aníbal Gordon que aportó los datos para encontrar a Simón Riquelo, cuando reveló el segundo vuelo). EL

PARADERO
Según el testimonio de un militar que estaba presente en el Aeropuerto Internacional de Carrasco el 5 de octubre de 1976, la noche del arribo del segundo vuelo, los pasajeros estaban encapuchados (salvo uno que estaba vendado con una bufanda) y fueron sacados de la Base Militar Aérea en camiones del Ejército con destino desconocido. Un suboficial del Ejército que cumplió funciones en el centro de torturas "300 Carlos" ubicado en un galpón del Servicio de Material y Armamento (SMA) adjunto al Batallón de Infantería Nº 13, confió a LA REPUBLICA que allí estuvieron las víctimas del segundo vuel, según se publicó el 27 de agosto de 2006. En el "300 Carlos" los conocían como "los del ómnibus", porque habían llegado a la unidad militar en el colectivo del SMA. Según la fuente, fueron llevados de a grupos en un coche blanco marca Pingo o Pony a los campos de Vidiella, frente al Batallón de Paracaidistas Nº 14 de Toledo, donde fueron ejecutados y enterrados. La existencia de una tumba denominada "el ómnibus" fue admitida por el Ejército cuando se realizaron excavaciones en ese predio en busca del cuerpo de María Claudia García de Gelman y se le dijo a su hija, Macarena, que los restos de su madre estaban en una pequeña área delimitada, con un 99% de certeza. La información resultó falsa. El equipo de antropólogos encabezado por José López Mazz inició días atrás trabajos en un área de los campos de Vidiella, luego de que LA REPUBLICA entregara a la Comisión de Seguimiento del Poder Ejecutivo los datos aportados por un informante militar sobre un eventual lugar de entierro. La indagación periodística no lo pudo confirmar. LA CONFESION Un comunicado de la Dirección Nacional de Relaciones Pública (DINARP) leído por el propio José Nino Gavazzo y publicado en la prensa el 30 de octubre de 1976, implicó una confesión de la captura de los 22 uruguayos secuestrados en Buenos Aires en setiembre y octubre de 1976, quienes fueron trasladados en el "segundo vuelo" de Orletti. La Dinarp daba cuenta entonces del falso operativo de detención de los sobrevivientes del "primer vuelo" de Orletti, a quienes se exhibió como un grupo guerrillero que había "invadido" el país. Fueron capturados en el chalet "Susy" del balneario Shangrilá cuando preparaban una serie de acciones subversivas. El comunicado narra el desmantelamiento del Partido por la Victoria del Pueblo (PVP) con la detención de tres militantes en marzo y 23 en junio y julio, los cuales fueron mostrados a la prensa nacional e internacional para denunciar que en Uruguay había subversión, días antes de que en Estados Unidos Jimmy Carter ganara las elecciones. El comunicado agregaba: "Posterior a esto, en el mes de setiembre se capturó a otros 22 miembros del PVP pertenecientes al aparato político y encargados, junto con los anteriores, de crear la infraestructura imprescindible para el accionar en el Uruguay del aparato militar proveniente de Buenos Aires". Los únicos detenidos en esa fecha fueron los pasajeros del "segundo vuelo", traídos desde Argentina. LAS VICTIMAS Entre el 23 de setiembre y el 4 de octubre de 1976, un grupo de 23 militantes del Partido por la Victoria del Pueblo (PVP) fue secuestrado en Buenos Aires por represores uruguayos y argentinos, quienes los trasladaron al centro clandestino de reclusión "Automotores Orletti". Veintidós de ellos serían los pasajeros del "segundo vuelo". En esos operativos fueron capturados Juan Morales Von Pieverling y Josefina Klein Lledo (23/9), Mario Cruz Bonfiglio, Roger Julién, Victoria Grisonas, Adalberto Soba, Alberto Mechoso, Juan Pablo Errandonea y Raúl Tejera (26/9), María Emilia Islas y Jorge Zaffaroni (27/9), Cecilia Trías y Washington Cram (28/9), Ruben Prieto (30/9), Casimira Carretero, Segundo Chejenian, Rafael Lezama, Graciela Martínez, Miguel Angel Moreno, Juan Pablo Recagno y Carlos Rodríguez Mercader (1/10), Bernardo Arnone (2/10) y Washington Queiro (4/10). Todos están desaparecidos. Roger Julién Cáceres falleció al ingerir una cápsula de cianuro al ser detenido junto a su esposa, Victoria Grisonas, y sus pequeños hijos: Anatole y Victoria. También existe la posibilidad de que en el Vuelo 511 viajaran otros uruguayos que habían sido detenidos anteriormente, algunos de los cuales pasaron por Orletti: Ary Cabrera (5/4), Daniel Goicoechea (6/6), Gerardo Gatti (9/6), Marcos Arocena y León Duarte (13/7), Julio Rodríguez (15/6) Luis Camacho (15/8) y Walner Bentancour (3/9).

Fuente: 5 DE OCTUBRE DE 2009 - COMCOSUR / MONTEVIDEO

sábado, 3 de octubre de 2009

TEXTO DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL


Texto de la reforma constitucional propuesta


El próximo 25 de octubre, conjuntamente con las Elecciones Nacionales, los uruguayos tendremos que decidir sobre dos plebiscitos independientes: el que habilita el voto de los uruguayos en el exterior y el que anula la ley de caducidad. El texto de la reforma constitucional para anular la ley de caducidad es el siguiente:


Texto de la Reforma Constitucional a agregarse en el Capítulo Disposiciones Transitorias y Especiales:


Anúlese y declárense inexistentes los artículos 1,2,3 y 4 de la Ley No. 15848, de 22 de diciembre de 1986.


Se tendrán por no pronunciadas las resoluciones del Poder Ejecutivo que hayan incluído casos en la caducidad establecida por el artículo 1 de la referida Ley.


El Poder Judicial continuará de oficio la tramitación de las causas que hayan sido alcanzadas por las disposiciones anuladas como si éstas nunca hubieran existido, no pudiendo invocarse la cosa juzgada en dichas causas hasta el dictado de nueva sentencia.


Respecto de aquellos delitos que fueran prescriptibles y que hayan sido o pudieran haber sido comprendidos en la caducidad dispuesta por el artículo 1 de la Ley 15848, de 22 de diciembre de 1986, no podrá computarse a efectos de la prescripción el período transcurrido entre el 22 de diciembre de 1986 y la fecha de entrada en vigencia de la presente reforma constitucional.

TEXTO DE LA LEY DE CADUCIDAD (LEY 15848)

FUNCIONARIOS MILITARES Y POLICIALES
SE RECONOCE QUE HA CADUCADO EL EJERCICIO DE LA PRETENSION PUNITIVA DELESTADO RESPECTO DE LOS DELITOS COMETIDOS HASTA EL 1º DE MARZO DE 1985El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,DECRETAN:

CAPITULO I

Artículo 1º.- Reconócese que, como consecuencia de la lógica de los hechos originados por el acuerdo celebrado entre partidos políticos y las Fuerzas Armadas en agosto de 1984 y a efecto de concluir la transición hacia la plena vigencia del orden constitucional, ha caducado el ejercicio de la pretensión punitiva del Estado respecto de los delitos cometidos hasta el 1º de marzo de 1985 por funcionarios militares y policiales, equiparados y asimilados por móviles políticos o en ocasión del cumplimiento de sus funciones y en ocasión de acciones ordenadas por los mandos que actuaron durante el período de facto.

Artículo 2º.- Lo dispuesto en el artículo anterior no comprende:
a) Las causas en las que, a la fecha de promulgación de esta ley, exista auto de procesamiento;
b) Los delitos que se hubieren cometido con el propósito de lograr, para su autor o para un tercero, un provechoeconómico.

Artículo 3º.- A los efectos previstos en los artículos anteriores, el Juez interviniente en las denuncias correspondientes, requerirá al Poder Ejecutivo que informe, dentro del plazo perentorio de treinta días de recibida la comunicación, si el hecho investigado lo considera comprendido o no en el artículo 1º de la presente ley.
Si el Poder Ejecutivo así lo comunicare, el Juez dispondrá la clausura y el archivo de los antecedentes. Si en cambio, no contestare o informa que no se halla comprendido dispondrá continuar la indagatoria.
Desde la fecha de promulgación de esta ley hasta que el Juez reciba la comunicación del Poder Ejecutivo quedan suspendidas todas las diligencias presumariales en los procedimientos mencionados en el inciso primero de este artículo.

Artículo 4º.- Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos precedentes el Juez de la causa remitirá al Poder Ejecutivo testimonios de las denuncias presentadas hasta la fecha de promulgación de la presente ley referentes a actuaciones relativas a personas presuntamente detenidas en operaciones militares o policiales y desaparecidas así como de menores presuntamente secuestrados en similares condiciones.
El Poder Ejecutivo dispondrá de inmediato las investigaciones destinadas al esclarecimiento de estos hechos.
El Poder Ejecutivo dentro del plazo de ciento veinte días a contar de la comunicación judicial de la denuncia dará cuenta a los denunciantes del resultado de estas investigaciones y pondrá en su conocimiento la información recabada.

CAPITULO II

Artículo 5º.- Se reconoce a los Oficiales Generales y Superiores amparados por lo dispuesto en este Capítulo su lealtad a la República y se declara expresamente que en ningún caso su honor fue afectado por la aplicación del inciso G) del artículo 192 del decreto ley 14.157, de 21 de febrero de 1974.

Artículo 6º.- A los Oficiales Generales y Superiores que hubieran pasado a situación de retiro por aplicación del inciso G) del artículo 192 del decreto ley 14.157, de 21 de febrero de 1974, se les computará como de servicio activo el tiempo transcurrido desde su retiro hasta la fecha de vigencia de la presente ley, percibirán la asignación de retiro del grado inmediato superior y les será aplicable lo dispuesto por el artículo 210 del decreto ley 14.157.

Artículo 7º.- El Ministerio de Defensa Nacional comunicará al Servicio de Retiros y Pensiones Militares dentro de un plazo de quince días a partir de la fecha de vigencia de la presente ley, la nómina de los Oficiales Generales y Superiores amparados por el artículo anterior. Dicho Servicio dispondrá de un plazo máximo de treinta días para actualizar los correspondientes haberes de retiro, a partir del 1º de marzo de 1985.

Artículo 8º.- Quedan exceptuados de las normas contenidas en este Capítulo:
a) Los que hubieran sido condenados por la Justicia Penal, Civil o Militar;
b) Aquellos a los que la aplicación del inciso G) del artículo 192 del citado decreto ley 14.157, obedeciera a razones disciplinarias a juicio del Poder Ejecutivo, previa consulta a la Fuerza correspondiente y de las cuales hubiera constancia fehaciente.

Artículo 9º.- Extiéndese a los causahabientes de los Oficiales Generales y Superiores retirados por aplicación del inciso G) del artículo 192 del decreto ley 14.157, fallecidos a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, los beneficios previstos en este Capítulo de la misma.

CAPITULO III

Artículo 10.- El Servicio de Información de las Fuerzas Armadas pasará a denominarse Dirección General de Información de Defensa. Dicho Servicio dependerá directamente del Ministerio de Defensa Nacional.
Tendrá por objetivo elaborar la inteligencia al más alto nivel nacional mediante la coordinación y planificación de todas las actividades de información y contra información que desarrollen los diversos organismos militares especializados existentes.
La Dirección será ejercida por un Oficial General o Superior debiéndose implementar la alternancia de las tres fuerzas en la dirección del Servicio por período de dos años.

Artículo 11.- Sustitúyese el texto del artículo 135 del decreto ley 15.688, de 30 de noviembre de 1984, por el siguiente:

"ARTICULO 135.- Todas las vacantes en el grado de General serán provistas por el sistema de selección a cuyo efecto el Poder Ejecutivo seleccionará los candidatos de entre los Coroneles que, estando en condiciones de ascenso se encuentren comprendidos en el tercio superior de la lista de méritos confeccionada por el Tribunal Superior de Ascensos y Recursos integrada a esos efectos además, por el Comandante en Jefe que lo presidirá y tendrá voto decisivo en caso de empate. Los Coroneles propuestos que sean elegidos por el Poder Ejecutivo serán ascendidos al grado de General, previa venia de la Cámara de Senadores o de la Comisión Permanente en su caso. La lista de méritos referida en el precedente inciso estará constituida por todos los Coroneles en condiciones de ascenso que hayan sido calificados de "muy apto" o "apto".

Artículo 12.- Para el ascenso a los grados de Brigadier General de la Fuerza Aérea y Contralmirante de la Armada Nacional, el Poder Ejecutivo seleccionará los candidatos de la totalidad de la lista correspondiente confeccionada por el Tribunal de Ascensos y Recursos integrado a esos efectos, además, por el Comandante en Jefe que lo presidirá y tendrá voto decisivo en caso de empate.

Artículo 13. (Transitorio).- Sustitúyese el numeral 3 del artículo 134 del decreto ley 15.688, de 30 de noviembre de 1984, por el siguiente texto:
"3)
Las listas definitivas serán confeccionadas por el Tribunal Superior de Ascensos y Recursos del Ejército, integrado además y a estos efectos con el Presidente de la Comisión Calificadora del Tribunal Superior de las Armas del Ejército y los Inspectores de las Armas correspondientes para el personal combatiente y con el Presidente de la Comisión Calificadora del Personal Superior de los Servicios del Ejército para el Personal Superior de los Servicios. El Comandante en Jefe elevará al Poder Ejecutivo dichas listas para que éste efectúe los ascensos por selección".

Artículo 14.- El Poder Ejecutivo elevará anualmente a la Asamblea General los programas de estudio de las escuelas e institutos de formación militar.

Artículo 15.- La presente ley entrará en vigencia a partir de su cúmplase por el Poder Ejecutivo.

Artículo 16.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 22 de diciembre de 1986.
LUIS ITUÑO,Presidente.Héctor S. Clavijo,Secretario.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL MINISTERIO DEL INTERIOR MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Montevideo, 22 de diciembre de 1986.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

SANGUINETTI.JUAN VICENTE CHIARINO.ANTONIO MARCHESANO.JULIO AGUIAR.