viernes, 2 de octubre de 2009

AMNISTIA VS CADUCIDAD

Quienes defienden la impunidad a los criminales de la dictadura plantean que la Ley de Caducidad es complementaria de la Ley de Amnistía (Ley 15737) que se promulgó a la salida de la dictadura.

Este enfoque se basa en la llamada "teoría de los dos demonios" por el cual los crímenes de la dictadura son el resultado de la represión contra los movimientos armados de la década de 1960 e inicios del 1970 y por ende, si hubo perdón para unos (los guerrilleros) también debe haber perdón para los otros (los policias y militares).

Lo primero que hay que observar es que sin importar cuál sea el crímen cometido por particulares, el Estado no puede violar los Derechos Humanos de nadie. De lo contrario estaríamos sometidos a un Estado cuyo único límite será la arbitrariedad del gobernante de turno. La responsabilidad del Estado es superior a la de cualquier ciudadano.

En segundo lugar, la represión de la dictadura fue contra toda la sociedad. La guerrilla ya estaba derrotada antes del golpe de estado. Tras el golpe de estado sobrevino una época oscura para el país, donde la sociedad fue víctima de la peor represión que conoció en toda su historia, la tortura fue sistemática a todos los detenidos sin importar el motivo. Alcanzaba con pertenecer o haber pertenecido a un partido de izquierda, haber militado en organizaciones estudiantiles o sindicales, o incluso haber opinado públicamente, en algún medio de prensa o en alguna reunión, contra el gobierno.

Pero además existen diferencias profundas e insostenibles entre la Ley de Caducidad y la Ley de Amnistía:

Los artículos 1º, 8º y 9º de la Ley de Amnistía establecen que quedan excluídos de la amnistía los autores y coautores de delitos graves (que estaban detenidos y habían sido juzgados por la justicia militar), quienes deberán ser sometidos a nuevo juicio por la Justicia Civil, la que tendrá libertad para valorar las pruebas en contra de los acusados. El único beneficio extraordinario que establece la ley es una reducción de la pena en los casos de culpabilidad y en razón de las condiciones inhumanas en que estuvieron detenidos todos esos años, estableciendo que se computarán tres días por cada día de prisión.

En cambio los artículos 1º, 2º y 3º de la Ley de Caducidad ampara a todos los militares y policias sin distinguir la naturaleza de los crímenes e impide a la Jusiticia Civil investigar las denuncias, determinando que cualquier denuncia amparada en esa ley debe ser archivada.
Es evidente entonces que mientras la Ley de Amnistía determinó que los detenidos por crímenes graves debían ser investigados y juzgados de nuevo, la Ley de Caducidad establecíó que los acusados por crímenes de lesa humanidad no podían ser investigados ni juzgados. En el primer caso hubo pretensión de verdad y de justicia, en tanto que en el segundo caso se bloqueó toda forma de verdad y de justicia.

Pero además, la Ley de Amnistía no incluye a quienes no hubieran sido detenidos y procesados por la justicia militar. Por lo tanto cualquier ciudadano que haya sido responsable de crímenes graves y que no haya sido detenido no quedó amparado en esa ley y de ser denunciado sería juzgado igual que cualquier otro ciudadano. En cambio la Ley de Caducidad no tiene esa limitante y abarca a todos los militares y policias.

La Ley de Amnistía entonces establece una amnistía parcial, que solo beneficia con reducción de la pena a quienes fueron juzgados por la justicia militar y cumplieron prisión, estableciendo previamente un nuevo juicio para determinar la verdad y las responsabilidades.

La Ley de Caducidad en cambio beneficia a la totalidad de efectivos policiales y militares, impide que sean detenidos y juzgados e impide la libre actuación del Poder Judicial para conocer la verdad y determinar responsabilidades.

Pero lo mas importante es lo dicho al principio: el Estado no puede eximirse de responsabilidad ante crímenes de lesa humanidad, ni compararse en responsabilidad con los crímenes cometidos por particulares.

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